El innecesario Pacto de Mayo (firmado en julio)
El innecesario Pacto de Mayo (firmado en julio)
La inviolabilidad de la propiedad privada
Artículo 17: "La propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella sino en virtud de sentencia fundada en ley."
El equilibrio fiscal innegociable
Artículo 75, inciso 2: El Congreso tiene la facultad de "Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación.
"Artículo 75, inciso 8: "Fijar anualmente el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional."
La reducción del gasto público a niveles históricos, en torno al 25% del Producto Bruto Interno
Artículo 75, inciso 8: El Congreso tiene la facultad de "Fijar anualmente el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional."
Una educación inicial, primaria y secundaria útil y moderna, con alfabetización plena y sin abandono escolar
Artículo 75, inciso 18: El Congreso tiene la facultad de "Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria."
Una reforma tributaria que reduzca la presión impositiva, simplifique la vida de los argentinos y promueva el comercio
Artículo 75, inciso 2: El Congreso tiene la facultad de "Imponer contribuciones indirectas como facultad concurrente con las provincias."
Artículo 75, inciso 3: El Congreso tiene la facultad de "Establecer y modificar asignaciones específicas que estarán a cargo del tesoro nacional."
La rediscusión de la coparticipación federal de impuestos para terminar para siempre con el modelo extorsivo actual que padecen las provincias
Artículo 75, inciso 2: El Congreso tiene la facultad de "Arreglar el pago de la deuda interior y exterior de la Nación."
Artículo 75, inciso 3: El Congreso tiene la facultad de "Establecer y modificar asignaciones específicas que estarán a cargo del tesoro nacional."
El compromiso de las provincias argentinas de avanzar en la explotación de los recursos naturales del país
Artículo 124: "Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio."
Una reforma laboral moderna que promueva el trabajo formal
Artículo 14 bis: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada, descanso y vacaciones pagados, retribución justa, salario mínimo vital móvil, igual remuneración por igual tarea, participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial."
Una reforma previsional que le dé sostenibilidad al sistema y respete a quienes aportaron
Artículo 14 bis: "El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna."
La apertura al comercio internacional, de manera que la Argentina vuelva a ser protagonista del mercado global
Artículo 75, inciso 18: El Congreso tiene la facultad de "Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria."
Artículo 75, inciso 24: "Aprobar tratados de integración que deleguen competencias y jurisdicción a organizaciones supranacionales en condiciones de reciprocidad e igualdad."
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